La información económico-financiera elaborada en las empresas ha pasado de ser usada clásicamente por socios y administradores, a ser demandada actualmente por un colectivo social muy amplio: desde la Hacienda Pública, el Mercado de Valores, instituciones financieras, inversores y analistas financieros, hasta los propios proveedores, acreedores, clientes, empleados y otros agentes sociales interesados (organizaciones sindicales, asociaciones de consumidores y empresarios, principalmente).
Para que esta información sea fiable, se ha de dotar al proceso de generación de la misma de elementos formales, que abordan desde la aplicación de criterios y principios de valoración uniformes, principios de contabilidad generalmente aceptados (PCGA), hasta el control de la aplicación de esos principios por profesionales independientes, los auditores.
El desarrollo práctico de estas garantías se ha producido internamente en cada país de manera poco coordinada con el resto y atendiendo más a peculiaridades propias que a un intento de creación de alguna normativa supranacional.
El punto de encuentro entre esas necesidades y la limitación de distorsiones que puede producir la aplicación de principios y normas contables es lo que ha de conseguir la normalización contable, bajo el marco de fiabilidad, transparencia y comparabilidad de información
Se trata de dotar de la máxima transparencia a la información económico-financiera que suministra la empresa a todos los usuarios, tanto directos como indirectos
Concepto de auditoría
El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), en la introducción a las normas de auditoría, se pronuncia en los siguientes términos: «El objetivo de la auditoría de cuentas anuales de una entidad, considerada en su conjunto, es la emisión de un informe dirigido a poner de manifiesto una opinión técnica sobre si dichas cuentas anuales expresan, en todos sus aspectos significativos, la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera de dicha entidad así como el resultado de sus operaciones en el periodo examinado, de conformidad con principios y normas de contabilidad generalmente aceptados. Los procedimientos de auditoría se diseñan para que el auditor de cuentas pueda alcanzar el objetivo expuesto anteriormente y no necesariamente para detectar errores o irregularidades de todo tipo e importe que hayan podido cometerse».
El Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE), se puede definir la auditoría como la investigación y evaluación independiente de la información contenida en los estados contables, con la expresión de una opinión sobre los mismos a la que se ha llegado aplicando normas y procedimientos aceptados.
El Registro de Economistas Auditores (REA) viene a decir que la auditoría es la expresión de una opinión sobre si unos estados financieros representan adecuadamente la situación financiera y patrimonial. Como se puede observar, en todas las exposiciones hay elementos comunes. De los conceptos legales se desprenden algunas características básicas de la auditoría.
Los conceptos legales se desprenden algunas características básicas de la auditoría:- Es una actividad desarrollada por persona cualificada e independiente.
- Para realizarla se utilizan técnicas de revisión y verificación idóneas.
- Consiste en el examen de las cuentas que han de expresar la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera.
- Debe hacerse de conformidad con principios y normas de contabilidad generalmente aceptados.
- Todo ello tiene por objeto la emisión de un informe que tenga efectos frente a terceros.
En los últimos años, la rápida evolución de la auditoría ha generado algunos términos que son poco claros respecto de los contenidos que expresan. Además, este proceso evolutivo ha provocado, en la actividad de la revisión, la especialización de la auditoría según el objeto, destino, técnicas, métodos, etc., que se realicen. Así, sin ánimo de ser exhaustivos, se habla de auditoría externa, auditoría interna, auditoría operativa, auditoría pública o gubernamental, auditoría de sistemas, etc. Una breve referencia de cada una de las modalidades descritas nos aclara los diferentes enfoques.
Auditoría externa o auditoría legal
Examen de las cuentas anuales de una empresa por un auditor externo, normalmente por exigencia legal
Auditoría interna
Control realizado por los empleados de una empresa para garantizar que las operaciones se llevan a cabo de acuerdo con la política general de la entidad, evaluando la eficacia y la eficiencia, y proponiendo soluciones a los problemas detectados.
Auditoría operativa
Revisión del sistema de control interno de una empresa por personas cualificadas, con el fin de evaluar su eficacia e incrementar su rendimiento.
Auditoría pública o gubernamental
La función de la auditoría pública, equivalente a la auditoría externa privada, es competencia del TC, sin perjuicio de las competencias atribuidas en la materia a las CC AA a través de sus Tribunales de Cuentas. Así mismo, el control financiero, semejante al control interno privado, corresponde a la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda.
Auditoría de sistemas
En esta modalidad podemos incluir lo que se conoce por auditorías especiales, como la auditoría medioambiental, auditoría informática y otras formas que empiezan a tomar nombre (económico-social, ética y otras). Especial relevancia ocupa la auditoría medioambiental, debido a la creciente conciencia social sobre asuntos relativos a la conservación y preservación de la calidad medioambiental (se trata de uno de los condicionantes actuales de la actividad humana que no había en épocas pasadas).
Analogías y diferencias
Dado que la función de la auditoría pública equivale a la auditoría externa, la principal característica que comparten los otros tipos de auditorías (externa, interna y operativa) es la independencia del auditor al emitir su opinión o evaluar la gestión de la empresa.
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